Archivo mensual: julio 2024

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Menú semanal, del 29 de julio al 2 de agosto.

Plazo para la presentación de solicitud de subvención para adquisición, renovación o reparación de prótesis dental.

El plazo para la presentación finaliza el 14 de agosto, si necesita ayuda pase por su Centro de Participación Activa.

También puede presentarla en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml

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Si es mayor de 65 años y quiere adquirir, renovar o reparar su prótesis dental compruebe los requisitos. Le ayudamos a tramitar la subvención.

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Menú semanal, del 22 al 26 de julio

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Menú semanal, del 15 al 19 de julio.

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MENÚ SEMANAL.DEL8 AL 12 DE JULIO

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MENÚ SEMANAL.DEL 01 AL 05 DE JULIO-24

PROGRAMA TURISMO IMSERSO

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: DEL 01 AL 22 DE JULIO-2024

Podrán acceder al programa:

  1. Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
    2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
    3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
    4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
  2. Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  3. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.